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A continuación os detallamos las exclusiones médicas que vienen previstas en la convocatoria. El opositor debe leerla detenidamente y asegurarse de que no se encuentra en ninguna causa de exclusión, lo que supondría no poder superar el proceso selectivo.
VISIÓN No se considerarán aptas aquellas personas cuya agudeza visual binocular, sin gafas o lentillas, sea menor a 0,33 (0,2 en el ojo de menor visión) y con gafas o lentillas sea inferior a 0,8. También serán excluidas las personas que padezcan:
AUDICIÓN No serán aptas aquellas personas que tengan una sordera completa de ambos oídos, o incompleta permanente, que produzca una disminución de la agudeza auditiva mayor de 35 dB (decibelios) en el oído de menor agudeza auditiva, en la zona tonal media. APARATO LOCOMOTOR No serán aptas las personas que presenten:
ENDOCRINO Serán excluidas aquellas personas que presenten:
APARATO DIGESTIVO No serán aptas aquellas personas que padezcan:
APARATO CARDIOVASCULAR No serán aptas las personas con:
APARATO RESPIRATORIO No serán aptas aquellas personas que padezcan enfermedades neumológicas (pulmonares) que tengan repercusión en la función respiratoria. La función pulmonar se definirá por medio de la espirometría y serán excluidas las personas con una capacidad ventilatoria inferior al 80 % de las cifras de referencia. SISTEMA NERVIOSO CENTRAL No serán aptas las personas que presenten:
ALTERACIONES PSIQUIÁTRICAS No serán aptas las personas que presenten:
CONTROLES ANALÍTICOS De sangre y orina.
OTRAS CAUSAS DE EXCLUSIÓN Serán excluidas las personas que presenten enfermedades transmisibles en actividad, hemopatías graves, malformaciones congénitas y otras patologías de cualquier órgano o sistema que, a juicio del Tribunal y previa propuesta del Médico colaborador, limiten o dificulten el desempeño de las tareas propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. |
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Exclusiones médicas
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